Wirujące bączki Jorge UFO JM13 - 6 uds/paquete.
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Descripción
WIRUJĄCE BĄCZKI Jorge UFO JM13 - 6 uds/paquete. Fabricante: Jorge Categoría CE: F1 Cantidad en paquete múltiple: 6 Cantidad de paquetes en caja: 24 Empresa responsable de la introducción del producto en el mercado europeo: Jorge Al usar productos pirotécnicos, recuerde que: Los productos pirotécnicos y su encendido son una actividad peligrosa, por lo que sólo deben encenderse bajo la supervisión de adultos. Un petardo que explota de repente no sólo puede causar quemaduras en manos y rostro, sino también daños corporales graves, como pérdida de la vista, dedos o incluso de toda la mano. No se deben usar productos pirotécnicos en espacios cerrados ni cerca de objetos que puedan incendiarse. No encienda petardos bajo los efectos del alcohol ni en circunstancias que puedan poner en peligro a otros. Si tras encender un fuego artificial o quemar la mecha este no explota, no se acerque para comprobar qué ha ocurrido. Los petardos deben usarse únicamente conforme a las instrucciones indicadas en el envase. Antes de comprar, verifique que el envase incluye instrucciones en polaco. Sólo el cumplimiento de las instrucciones garantiza la seguridad al encender petardos. Las restricciones para el uso de fuegos artificiales están establecidas tanto por el código de faltas como por la legislación local, mediante ordenanzas municipales o decretos del gobernador. El artículo 51 del código de faltas describe la acción de perturbar la tranquilidad, el orden público y el silencio. Esta norma no tiene limitaciones temporales y está vigente durante todo el año. Para que se considere falta y se pueda intervenir, es necesario que la persona afectada por el ruido lo denuncie. Según el código de faltas, el infractor puede ser sancionado con multa y/o con una denuncia judicial, con multas de hasta 5.000 PLN. Las normativas locales, mediante decretos o acuerdos municipales, establecen los períodos en los que se permite el uso de fuegos artificiales, por ejemplo, en Nochevieja y Año Nuevo. La ley del 22 de junio de 2001 sobre la actividad económica en la fabricación y comercio de materiales explosivos, armas, municiones y productos y tecnología con destino militar o policial establece: - art. 31 § 2: los productos pirotécnicos sólo pueden venderse a mayores de edad, previa presentación de documento de identidad, - art. 37: quien venda productos pirotécnicos excluidos de licencia a menores de edad será sancionado con multa, restricción de libertad o prisión de hasta 2 años. Recuerde mantener la seguridad al encender fuegos artificiales y, sobre todo, actuar con sentido común y precaución. Nunca encienda petardos sosteniéndolos en la mano.
